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Únete2018-12-12T22:36:47+00:00
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Categorías de membresía

Las categorías de miembros que se establecen en la Asociación y los requisitos para pertenecer a cada una de ellas son los siguientes:

a)     Socio

Sólo podrán acceder a la categoría de Socio:

  1. Los interesados que hayan participado como becarios en alguna edición del Programa de Becas Líder, de Jóvenes Líderes Iberoamericanos o equivalente de la Fundación Carolina. Para tener la condición de socio de la Asociación será preciso que el interesado presente previamente la correspondiente solicitud a la Junta Directiva. La Junta Directiva comunicará tanto la aceptación como la denegación de la solicitud a la Asamblea General en su siguiente reunión.
  2. La Fundación Carolina, con CIF G-82880923, inscrita en el Registro de Fundaciones del Protectorado del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España con el número 443 en virtud de Orden Ministerial de 3 de febrero de 2001. La Fundación deberá designar una persona como representante con poder bastante para representar a la misma en la Asociación.

b)    Amigo de la Red.

Podrán acceder a la categoría de Amigo de la Red aquellas personas físicas o  jurídicas que dentro del ámbito de sus actuaciones tengan objetivos similares a los de la Asociación y tengan interés en participar en las actividades de la misma.
Corresponderá a la Junta Directiva aprobar la incorporación de aquellas personas que merecen la condición de Amigos de la Red, debiendo ser la propuesta ratificada por la Asamblea General siguiente.
Cuando se integren como Amigos de la Red personas jurídicas deberán designar una persona como representante con poder bastante para representar a la entidad en la Asociación.

c)     Miembro de Honor

Podrán acceder a la categoría de Miembros de Honor las personas físicas o jurídicas que, por razón de su personalidad relevante, de condiciones excepcionales, de una cooperación extraordinaria, de reconocido prestigio o de sus destacadas contribuciones en el ámbito educativo, científico, empresarial o cultural hayan contribuido al desarrollo de Iberoamérica o de la asociación y sean, por ello, merecedoras de tal condición.
El acceso a la categoría de Miembro de Honor será aprobado por la Junta Directiva. La Asamblea General deberá ratificar la decisión de la Junta Directiva.
Los Miembros de Honor integrarán el Consejo Institucional, de acuerdo con el artículo 20 de los presentes Estatutos.
Cuando se integren como Miembros de Honor personas jurídicas deberán designar una persona como representante con poder bastante para representar a la entidad en la Asociación.

DERECHOS Y DEBERES

Puedes consultar los derechos y deberes de los socios en este enlace

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